¿Qué establece el nuevo Código Contravencional de San Luis?

Incluye multas millonarias y sanciones por violencia digital y maltrato animal y tipifica como contravenciones las agresiones contra personal de salud y educativo.

La reforma fue aprobada en la Legislatura el pasado 19 de noviembre y fue promulgada por el Poder Ejecutivo Provincial el 10 de diciembre.

La ciudadanía ya puede radicar sus denuncias por distintas vías como la comisaría de su jurisdicción, la Unidad de Abordaje Fiscal o en el Juzgado Penal Juvenil y Contravencional correspondiente. A su vez está disponible el sitio web de denuncias del Poder Judicial.

Nuevas contravenciones

El código introduce todo un tipo de nuevas tipificaciones para combatir agresiones contra el personal de salud, educativo, situaciones con animales peligrosos y violencia a través de las nuevas tecnologías. Se toma como unidad de multa, el valor de un litro de nafta súper.

# Maltrato animal

Sanciones de 150 a 500 Unidades de Multa ($248.250 a $827.500) o arresto de dos a cinco días para quienes:

  • Tengan animales peligrosos, que no siguen reglamentaciones vigentes.
  • Tengan animales peligrosos en condiciones prohibidas.
  • Quien descuide su custodia.
  • Quien tenga animales que pueda peligrar o entorpecer el tránsito o causar daño.
  • Quien confíe animales a una persona inexperta.
  • Quien tenga animales en estado de abandono, hacinamiento o insalubridad.

Si se constata alguna de las situaciones precedentes, la autoridad correspondiente deberá proceder al secuestro de los animales para ponerlos a disposición de la autoridad administrativa correspondiente.

# Agresiones a trabajadores de la educación

Sanciones de 150 a 300 Unidades de Multa ($248.250 a $496.500) o trabajos comunitarios de 5 a 15 días al padre, madre, tutor, curador o persona que agrediera físicamente (sin causar lesiones) u ofendiere verbalmente al personal educativo, ya sea dentro o en las inmediaciones de un establecimiento educativo de gestión pública o privada.

También se aplicará el mismo tipo de sanciones a los tutores que que ingresen sin autorización y no se retiren del lugar. A su vez las multas se duplicarán en su mínimo y máximo cuando las contravenciones se cometieron en presencia de algún alumno.

# Agresiones a trabajadores de la salud

Se aplicarán multas de 150 a 300 Unidades de Multa ($248.250 a $496.500) o trabajos comunitarios de 5 a 15 días a quien agrediera físicamente, sin causar lesiones u ofendiera verbalmente a enfermeros, auxiliares de enfermería, personal de ambulancia o agentes sanitarios dentro o en las inmediaciones de cualquier establecimiento de salud público o privado.

# Contravenciones contra la seguridad y la convivencia digital

Tendrán sanciones de 250 a mil Unidades de Multa ($413.750 a $1.655.000), la realización de trabajo comunitario o arresto de tres a ocho días las siguientes contravenciones:

  • Acoso Digital: contacto de cualquier persona, a través de un medio de comunicación electrónica de forma insistente, reiterada o no deseada por la persona pasiva, afectando el normal desenvolvimiento de su vida.
  • Hostigamiento Digital: intimidación, hostigamiento o maltrato a otra persona mediante el uso de cualquier medio electrónico.
  • Sextorsión: amenaza de difusión a cualquier persona con divulgar o difundir imágenes o videos de su intimidad sexual a través de medios electrónicos.
  • Suplantación de identidad: creación de una identidad falsa en entornos digitales con la imagen o datos filiatorios de una persona diferente sin su consentimiento o establecimiento de una comunicación a través de medios electrónicos, usando la imagen o datos filiatorios de una persona diferente sin su consentimiento.
  • Doxing: recopilación o divulgación de información personal sobre una persona con intención maliciosa, con el afán de deshonrarla o de desacreditarla públicamente a través de medios electrónicos.

A su vez tendrá una sanción de mil a 5 mil Unidades de Multa ($1.655.000 a $8.275.000), realización de trabajo comunitario o arresto de ocho a 20 días por la difusión no autorizada de imágenes íntimas. Esto incluye la publicación, distribución, facilitación, cesión o entrega a terceros de imágenes, grabaciones o filmaciones de carácter íntimo sin el consentimiento de la persona pasiva a través de cualquier medio o tipo de comunicación electrónica o de transmisión de datos.

Como pena accesoria a las contravenciones digitales, se añade la obligación para los infractores de realizar capacitaciones sobre violencia digital.

Sobre las sanciones

  • Arresto: es excepcional ante el incumplimiento injustificado de las sanciones principales.
  • Responsabilidad de padres y tutores: la omisión de vigilancia que facilite contravenciones cometidas por menores de edad será sancionada con trabajo comunitario de 5 a 15 días o multas de 100 a 500 Unidades de Multa.
  • Inimputabilidad por edad: no son punibles las personas que no hayan cumplido dieciséis (16) años a la fecha del delito, con excepción de contravenciones de tránsito.